Aun reconociendo la labor voluntariosa de la brigada municipal, queremos recordar los beneficios ecosistémicos del arbolado urbano al proporcionar sombra, sustrato de nidificación, protección ante la contaminación vial y belleza al entorno. Estos son plátanos de cañada, separados de la calzada. Sobre este tipo de podas -que impiden el crecimiento en altura y generan brotes epicórmicos, signos de estrés- dice la Ley 8/2005 de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad:
Artículo 3. Prohibición de podas drásticas e indiscriminadas.Según un protocolo que utiliza el ayuntamiento de Madrid, “la mejor poda es la que no se hace”, y en todo caso “la poda no consiste en cortar ramas” sino en “un diálogo entre el podador y el árbol”, respetando “la unidad arquitectural”. Y “la poda genera poda”, porque las agresiones “conllevan a un envejecimiento prematuro y un alto riesgo de fractura, que obliga a intervenir por razones de seguridad”. Así, en un paciente ya malherido se justifica la cirugía mayor. Pero proponemos evolucionar -conforme a la ley- hacia otro cuidado más dialogante.
1. Queda prohibida la poda drástica, indiscriminada y extemporánea de todo árbol protegido por esta Ley.
Recomendamos esta charla del señor Selga, experto en arboricultura urbana. Habla del árbol como como valor y como patrimonio, o sea, un bien que se trasmite, y del “sambenito ornamental” que hace que el árbol se considere “accesorio”, y así ha banalizado la gestión del arbolado. Sin obviar los condicionantes de situación y seguridad, afirma que “si no hay razones, no se debe plantear la poda”. Y explica que el “dilema de más arriba o más abajo” no es tal. La clave es distinguir entre ramificación y reiteración para saber cómo el árbol responderá.
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